La Comunidad de Madrid ha aprobado las nuevas “Subvenciones para el fomento de la RSC y la conciliación laboral”, con el objetivo de ayudar a pequeñas a mejorar su productividad y competitividad. dPG Legal explica en qué consisten estas ayudas, requisitos para ser elegible y plazos de solicitud.

 

Madrid, 26 de abril de 2021 – La Comunidad de Madrid ha aprobado las nuevas “Subvenciones para el fomento de la RSC y la conciliación laboral”, con el objetivo de ayudar a pequeñas empresas y y sociedades civiles con personalidad jurídica a mejorar su productividad y competitividad, subvencionando iniciativas como la implantación de medidas de responsabilidad social corporativa (RSC) y conciliación.

La primera iniciativa subvenciona tanto la obtención de certificaciones de normas o estándares en materia de responsabilidad social, como la puesta en marcha de planes directores, programas o acciones que tengan por objeto avanzar hacia dicha certificación, y la pertenencia activa a iniciativas que fomenten la responsabilidad social. Por otra parte, la segunda ayuda apoya la conciliación de la vida laboral, familiar y personal mediante incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria, y será proporcional a la jornada laboral del trabajador.

Ambas están disponibles para pequeñas empresas y sociedades civiles con personalidad jurídica (mínimo 1 trabajador y hasta 50 trabajadores) con un volumen de negocio anual o balance general anual igual o inferior a 10 millones de euros. Deben desarrollar su actividad en la Comunidad de Madrid y estar al corriente de pago con la TGSS y con la AEAT.

dPG Legal, como despacho de abogados especializado en derecho laboral, fiscal y administrativo, explica en qué consisten estas ayudas, requisitos para ser elegible y plazos de solicitud.

 

Programa de ayudas en materia de responsabilidad social corporativa

Para poder ser elegible, es necesario obtener o renovar alguna certificación de normas o estándares en materia de responsabilidad social o poner en marcha un Plan Director que tenga por objeto dicha obtención o renovación, así como la participación efectiva en iniciativas, grupos o proyectos que fomenten la RSC.

El importe de la subvención es del 75% de la acción subvencionable hasta un máximo de 2.500€ por empresa y el plazo de solicitud es de 3 meses desde que se realice la acción subvencionable que comienza a computar desde el pago, de la certificación o renovación de la norma o estándar, desde la puesta en marcha del Plan Director que tengan por objeto obtener dicha certificación o renovación, o desde la formalización de la participación efectiva de la entidad en la iniciativa, grupo o proyecto.

Programa de ayudas en materia de conciliación

Para poder ser elegible, es necesaria la formalización de al menos un acuerdo de flexibilidad horaria o teletrabajo por un periodo no inferior a un año con un trabajador vinculado a la empresa por contrato laboral, o bien un acuerdo colectivo con sus trabajadores; o contratar personal nuevo en la modalidad de teletrabajo, y establecer con el trabajador un acuerdo que regule esta situación por un período de tiempo no inferior a un año.

En caso de acuerdo de teletrabajo será necesario el “acuerdo individual de teletrabajo” y en caso de acuerdo de flexibilidad horaria se incentivarán el establecimiento en el convenio colectivo de empresa o mediante acuerdo entre la empresa y los representantes del personal o, en su defecto, con la totalidad o parte de la plantilla, de medidas de flexibilidad horaria.

Para acuerdos de flexibilidad se deberá reflejar, como mínimo, las condiciones laborales del personal de la empresa, por lo que establecerá el lugar de trabajo, el horario establecido, los permisos existentes, vacaciones, retribuciones, etc.; así como el detalle de las medidas de flexibilidad horaria implantadas.

Tanto en caso de acuerdo de teletrabajo, como de flexibilidad horaria, el importe de la subvención será de 2.500€ por trabajador con el límite máximo de 10.000€ por empresa y del 75% del coste de los equipos electrónicos necesarios para la implantación en el centro de trabajo del teletrabajo, con un máximo de 2.500 euros por empresa. La concesión de esta ayuda estará condicionada a que el beneficiario realice un gasto con su correspondiente pago, sin incluir el IVA o, en su caso, los impuestos indirectos equivalentes cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. Son compatibles con incentivos a la contratación vigentes.

El plazo de solicitud es de 3 meses desde que se formalicen los respectivos acuerdos, de flexibilidad horaria o teletrabajo. En las situaciones de adquisición de equipamiento electrónico, el plazo comenzará a computarse a partir del pago de los mismos. La factura y el pago de este equipamiento, estará comprendido entre un mes anterior y tres posteriores a que se formalicen los acuerdos de teletrabajo o a la contratación de personal en la modalidad de teletrabajo.

La obligación del registro salarial por la empresa

Además, desde el 14 de abril, todas las empresas están obligadas a tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos, como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

Esta norma tiene como objetivo impulsar la transparencia salarial en las empresas para garantizar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres en trabajos de igual valor. En definitiva, se trata de combatir la brecha salarial de género.

Este registro salarial deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo. Asimismo, tendrá que figurar la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

El periodo temporal de referencia del registro salarial será con carácter general el año natural, aunque podrá modificarse. Además, los trabajadores de empresas con representación sindical podrán tener acceso al registro, teniendo derecho a conocer el contenido íntegro del mismo.

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Sobre dPG Legal:

dPG LEGAL es un despacho con vocación procesal dedicado y dirigido a las actuaciones ante órganos jurisdiccionales. Su equipo está compuesto por letrados y economistas colegiados, con más de 15 años de experiencia y una larga trayectoria de éxito en el asesoramiento jurídico y fiscal a empresas y personas físicas.

El know-how de sus profesionales y la consolidación en el mercado portugués son dos elementos diferenciadores del despacho, que le permiten ofrecer soluciones más eficientes desde un punto de vista estratégico de internacionalización y dar respuesta a las necesidades de sus clientes en cada etapa de crecimiento y de desarrollo empresarial.

Sus áreas de especialidad son: derecho civil, derecho de sucesiones, derecho familiar, derecho penal, derecho de las nuevas tecnologías, derecho laboral, derecho mercantil y derecho fiscal. En su portfolio de servicios se destacan también la gestión financiera y tributaria para empresas, la gestión administrativa de nóminas y recursos humanos y el apoyo a la creación y desarrollo de startups.

 

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