Una caída en el ascensor o un tropezón teletrabajando. ¿Es accidente de trabajo? La clave está en los detalles 👀

Esta vez, Alejandro de Paz Martín (abogado laboralista de DPG Legal Abogados y Asesores de Empresa) analiza en ¡HOLA!.com ese laberinto legal donde la hora, el lugar y el recorrido lo cambian todo.

Estas son las claves para entender dónde terminan tus cuatro paredes y empieza la protección laboral:
🔹 𝗘𝗹 𝗹𝗶́𝗺𝗶𝘁𝗲 𝗱𝗲𝗹 𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗹: Si te caes dentro de casa, es ámbito privado; pero en el ascensor, las escaleras o el garaje, el trayecto laboral ya se considera iniciado.
🔹 𝗧𝗲𝗹𝗲𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗼 𝘆 𝗽𝗮𝘂𝘀𝗮𝘀: Estar en casa no anula tus derechos. Ir al baño o a por agua cuenta como jornada laboral, siempre que ya estés conectado al sistema.
🔹 𝗗𝗲𝘀𝘃𝗶́𝗼𝘀 𝗿𝗮𝘇𝗼𝗻𝗮𝗯𝗹𝗲𝘀: Parar a por los niños o una compra rápida no rompe la protección legal si es parte de una rutina normal de vida.

La diferencia no es solo legal, es económica: pasar de una contingencia común a una profesional supone percibir el 𝟳𝟱% 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗯𝗮𝘀𝗲 desde el primer día y contar con coberturas mucho más amplias.

Queremos agradecer a ¡HOLA!.com y a Ana Merodio López por darnos el espacio para tratar estos temas que tanto impactan en el día a día de los trabajadores.

📖 Puedes leer la entrevista completa aquí: https://lnkd.in/eiGDuhys

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¿𝗛𝗮𝘀 𝘁𝗲𝗻𝗶𝗱𝗼 𝗮𝗹𝗴𝘂𝗻𝗮 𝘃𝗲𝘇 𝘂𝗻 “𝘀𝘂𝘀𝘁𝗼” 𝘆𝗲𝗻𝗱𝗼 𝗮𝗹 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗼 𝘆 𝗵𝗮𝘀 𝘁𝗲𝗻𝗶𝗱𝗼 𝗱𝘂𝗱𝗮𝘀 𝘀𝗼𝗯𝗿𝗲 𝘀𝗶 𝗱𝗲𝗯𝗶́𝗮 𝗰𝘂𝗯𝗿𝗶𝗿𝗹𝗼 𝗹𝗮 𝗺𝘂𝘁𝘂𝗮? 𝗧𝗲 𝗹𝗲𝗲𝗺𝗼𝘀 ↓

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